El Real Decreto 254/2025, de 1 de abril, ha ampliado el plazo para cumplir con las obligaciones establecidas en el conocido como “reglamento Veri*Factu” y en su normativa de desarrollo.
Recordamos brevemente que el “reglamento Veri*Factu” obliga a utilizar de sistemas informáticos de facturación que generen registros de facturación que cumplan determinados requisitos (integridad, conservación, legibilidad, inalterabilidad, etc…).
Los nuevos plazos de adaptación de los sistemas informáticos de facturación son los siguientes:
- Los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades deberán tener adaptados los sistemas informáticos a las características y requisitos que se establecen en el “reglamento Veri*Factu” y en su normativa de desarrollo antes del 1 de enero de 2026.
- Los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicasque desarrollen actividades económicas, los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de no Residentes que obtengan rentas mediante establecimiento permanente y las entidades en régimen de atribución de rentas que desarrollen actividades económicas deberán tener adaptados los sistemas informáticos antes del 1 de julio de 2026.
Por último les recordamos la conveniencia de implementar las modificaciones necesarias con anterioridad a las mencionadas fechas ya que llegadas las mismas los sistemas deben estar ya plenamente operativos.